REALCIONES FUNREDES - COMPANIA DOMINICANA DE TELEFONOS
1992 CONTACTOS Y CREACION DEL NODO UUCP DE REDID
1993-95 Operacion Tecnica de REDID por FUNREDES
1995 Reuniones promovidas por FUNREDES para la creacion de un consorcio de administracion del dominio internet .do
VER en Gopher y WWW.funredes.org: Proyectos en Republica Dominicana
REDID
1992 CONVENIO CODETEL-REDID NEGOCIADO Y REDACTADO POR FUNREDES
EN EL MARCO DE LA CREACION DE RED DOMINICANA DE
INTERCAMBIO PARA EL DESARROLLO - REDID
ACUERDO DE SERVICIO PARA LA RED DE INVESTIGADORES
DOMINICANOS
La COMPAnIA DOMINICANA DE TELEFONOS, C. POR A. (CODETEL) entidad comercial y de servicio de utilidad publica organizada y existente de acuerdo con las leyes de la Republica Dominicana con sus oficinas principales localizadas en la avenida Abraham Lincoln 1101, Santo Domingo, Republica Dominicana, debidamente representada por su Vicepresidente Administrativo y de Recursos Humanos el senor Celso N. Thompson, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cedula de Identidad y Electoral numero 001- 0094505-4, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, el cual en lo sucesivo se denominara CODETEL.
Y de la otra parte, la asociacion RED DOMINICANA DE INTERCAMBIO PARA EL DESARROLLO entidad sin fines de lucro incorporada mediante Decreto numero 303-92 en virtud de la Ley numero 520 del 26 de julio de 1920, con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representada por su Presidente el senor Pavel Ernesto Isa Contreras, mayor de edad, de nacionalidad dominicana, portador de la Cedula de Identidad y Electoral numero______________, con su domicilio en la calle Arzobispo Merino numero 108, Zona Colonial de esta ciudad de Santo Domingo, quien en lo sucesivo se denominara REDID, abarcando esta denominacion a todas las entidades o personas consignada en el Anexo 1, el cual forma parte integral de este contrato.
HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
ARTICULO PRIMERO: ACCESO AL SISTEMA
CODETEL pone al servicio de REDID el acceso a EL SISTEMA a
traves de numeros telefonicos principales son 543-1234
(desde Santo Domingo) y 1-200-1235 (desde el resto del
pais).
1.1 Estos numeros pueden cambiar en cualquier momento, en cuyo caso sera avisado a REDID con por lo menos una semana de anticipacion.
1.2 CLAVES DE ACCESO. CODETEL proveera a REDID de una o mas claves de acceso a EL SISTEMA, estas claves le permitiran tener identificaciones individuales en EL SISTEMA para cada miembro de REDID, las mismas son de caracter confidencial. Las claves de acceso consisten en un codigo de usuario, exclusivo y unico para cada miembro de REDID, acompanado de un nombre de identificacion (password), exclusivo y confidencial. Es responsabilidad de REDID mantener la confidencialidad de sus claves. CODETEL no respondera por danos o perjuicios ocasionados a REDID por personas, autorizadas o no, a conocer o utilizar sus claves.
2.1 SISTEMA DE CORREO ELECTRONICO.
CODETEL pondra a disposicion de REDID un sistema de correo
electronico a traves del cual REDID podra compartir
informaciones con otros usuarios de LA RED y/o EL SISTEMA.
2.2 CASILLEROS ELECTRONICOS.
CODETEL proveera de forma gratuita, de hasta 150 casilleros
electronicos para el uso de REDID, los mismos serviran de
almacenes individuales de las informaciones enviadas y/o
recibidas por los miembros de REDID.
2.3 TRANSPORTE DE INFORMACION.
CODETEL ofrecera de forma gratuita, el transporte de toda la
informacion originada por REDID con destino en LA RED y
viceversa.
CODETEL ofrecera de forma gratuita, el transporte de la informacion originada por REDID y con destino a sus usuarios comerciales del correo electronico publico de la Republica Dominicana y/o LA RED, siempre que este intercambio de informacion, a la sola opinion de CODETEL, no tenga fines de lucro. CODETEL se reserva el derecho de velar por el cumplimiento de lo anterior en cualquier momento que lo crea oportuno.
REDID garantiza que el volumen de informacion que se transporte a traves de LA RED nunca sera tan grande que, a la sola opinion de CODETEL, afecte la calidad del servicio y en ningun caso excederan tres Millones de Bytes al dia.
2.4 VALORES AGREGADOS AL SISTEMA.
CODETEL provee a traves de su sistema de correo electronico
publico (denominado CODEMAIL/AT&T MAIL) conexiones con otros
servicios de mensajeria, tales como:
-Correo electronico publico nacional
-Correo electronico publico internacional
-Servicios de telex
-Servicios de fax
-Servicios de envio de correspondencia a traves de correo
postal de los Etados Unidos.
-Otros valores agregados.
2.5 SOFTWARE DE INTERFACE.
CODETEL hara todos los esfuerzos a su alcance para proveer a
REDID con un Programa de Manejo de Correo Electronico
adecuado para poder comunicarse con EL SISTEMA. Sin
embargo, CODETEL no garantiza la obtencion del mismo, ni
asumira obligacion al respecto, por tanto queda entendido
que REDID es, en ultima instancia, responsable de obtener
dicho software y de costearlo si fuese necesario.
2.6 ENTRENAMIENTO Y SOPORTE TECNICO.
CODETEL proveera el entrenamiento inicial a REDID en lo
referente al uso de EL SISTEMA. Luego de que concluya
satisfactoriamente dicho entrenamiento y soporte tecnico de
cada uno de sus miembros.
2.7 OPERACION Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA
CODETEL realizara su mejor esfuerzo por ofrecer a REDID un
servicio completo y de calidad los siete (7) dias de la
semana durante las veinticuatro (24) horas del dia. Sin
embargo, CODETEL no garantiza un servicio continuo del
sistema y no se responsabiliza de dichos danos o perjuicios
causados por fallas y/o interrupciones del servicio.
3.1 FRAUDES
Los servicios que CODETEL le ofrece a REDID son ofertados
bajo la condicion de que este ultimo no hara, ni permitira
que se hagan uso fraudulento de LA RED ni de EL SISTEMA.
3.2 RESPONSABILIDADES
REDID acepta que CODETEL no sera pasible de demanda por
perdidas, danos o gastos debido a a invasion de propiedad,
derechos intelectuales o de autor, acceso no autorizado a
equipos, invasion o alteracion de archivos privados y/o
datos transmitidos a traves de LA RED y/o EL SISTEMA.
REDID acepta que CODETEL en ningun momento sera responsable
por danos ni perjuicios por lucro cesante, ni ninguna otra
indole, como resultado del uso o el no uso de los servicios
especificados en este contrato.
3.3 INFORMACION.
CODETEL no sera responsable del uso que haga REDID o
cualquier otro usuario de LA RED, que sean capturadas a
traves de LA RED y/o EL SISTEMA; tampoco se hace
responsable, ni depurara la informacion que se transmita a
traves de LA RED y/o EL SISTEMA. REDID se obliga a exonerar
a CODETEL de cualquier reclamacion o pago de indemnizacion
que surjan por estos conceptos.
3.4 INTERCONEXION.
Esta expresamente entendido y convenido entre las partes que
REDID no podra accesar, directamente o indirectamente, a
traves de LA RED y/o EL SISTEMA, ninguna otra facilidad de
telecomunicaciones que no sea la prevista en este acuerdo.
Asi mismo se obliga a utilizar unicamente equipos
autorizados por CODETEL y a no servir como mecanismo de
interconexion con otras empresas de Telecomunicaciones sin
la previa autorizacion por escrito de CODETEL.
3.4.1 REDID garantiza que el uso de LA RED y/o EL SISTEMA no infrigira o causara que CODETEL viole derechos legitimamente protegidos en la Republica Dominicana o cualquier otra Estado. LA RED y/o EL SISTEMA no deben ser usados para violar la privacidad o los derechos de propiedad de otros usuarios de LA RED o que, en opinion de CODETEL el uso sea ilegal, no etico, difamatiorio o abusivo.
3.4.2 REDID garantiza que ninguno de sus miembros hara uso comercial de LA RED y/o EL SISTEMA bajo este acuerdo.
ARTICULO CUARTO: DURACION Y TERMINACION
Este acuerdo tendra una vigencia de doce (12) meses contados
a partir de la fecha de firma de este acuerdo. Sin embargo,
cualquiera de las partes podra darle termino al mismo
notificando por escrito su intencion a la otra parte con por
lo menos treinta (30) dias de anticipacion, sin necesidad de
alegar causa alguna y sin que esta accion entrane ningun
tipo de responsabilidad a las partes. Este acuerdo podra
considerarse rescindido de pleno derecho si REDID viola o
incumple cualquiera de las disposiciones contenidas en los
parrafos ______________________________ del presente
contrato.
ARTICULO QUINTO: ACUERDO COMPLETO
Este documento y sus anexos constituyen el acuerdo completo
de las partes con respecto al objeto del mismo y no puede
ser modificado, enmendado o terminado a menos que sea por
acuerdo escrito que se refiera especificamente a este
contrato, firmado por ambas partes.
ARTICULO SEXTO: CESIONES
Ninguna parte de este contrato o cualquier obligacion
estipulada en el mismo podra ser traspasada, cedida o
delegada a otra persona fisica o moral distinta de REDID sin
el consentimiento previo y por escrito de CODETEL.
ARTICULO SEPTIMO: ANEXOS
los anexos que sean parte de este contrato o que se
relacionen con el mismo o con la creacion de usuarios para
EL SISTEMA, podran ser modificados de mutuo acuerdo con las
partes, ya sea para agregar nuevos codigos de acceso al
sistema ya sea para su primer codigos existentes, ya sea
para modificarlos.
ARTICULO OCTAVO: ARBITRAJE.
Todo litigio, controversia o reclamacion resultante de este
contrato o relativo al mismo, su incumplimiento, su
reclamacion, su resolucion o nulidad sera sometido al
arbitraje del Consejo de Conciliacion y Arbitraje de la
Camara de Comercio y Produccion del Distrito Nacional, Inc.
Estos conflictos seran resueltos de conformidad con las
disposiciones del Reglamento de dicho Consejo, vigente a la
fecha en que surjan. El laudo sera definitivo y ejecutorio
entre las partes.
ARTICULO NOVENO: DERECHO COMUN, REGLAS Y REGLAMENTOS
Para todo lo no previsto en este contrato, las Reglas y
Reglamentos Generales publicadas en la Gaceta Oficial numero
8277 de fecha 27 de agosto de 1958, y por el derecho comun.
ARTICULO DECIMO: NOTIFICACIONES.
Para todos los fines y consecuencias del presente contrato,
las partes hacen formal eleccion de domicilio en la
siguiente forma:
| CODETEL |
Avenida Abraham Lincoln No. 1101 Santo Domingo, D. N. |
| REDID |
Avenida Alma Mater No. 167 Zona Universitaria Santo Domingo, D. N. |
| 10.1 Cualesquiera y |
todas las notificaciones y otras |
HECHO y FIRMADO en dos (2) originales de un mismo tenor y efecto para cada una de las partes, en Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana a los
_____________ ( ) dias del mes de _______________ del ano mil novecientos noventa y _________ ( ). POR CODETEL POR REDID
Anexo 1: Documentos de incorporacion de Redid.
Anexo 2: Convenio entre Cracin/Redid.